CGT Y LA NEGOCIACIÓN DEL 1%

01/01/2017

CGT Y LA NEGOCIACIÓN DEL 1%

Nos vemos obligados a aclarar lo que otros intentan enfangar.

1. CGT no firmó ni el primer ni el segundo convenio colectivo.

2. CGT no firmó la subida salarial de 2016 porque NO reconocía el 1% de incremento salarial y era absorbido en parte por las subidas de nivel.

3. CGT se adhirió a la demanda planteada por dos sindicatos (SI y USO), y aportó jurisprudencia en el juicio, para recuperar el derecho a negociar las subidas salariales sin incluir en ellas los saltos de nivel.

4. CGT, a diferencia de otros, apoyó el inicio de movilizaciones aún con la sentencia favorable sobre el 1% ya que podía ser recurrida por la dirección.

5. No obstante lo anterior, CGT no firmó el acuerdo que puso freno a las movilizaciones porque había muchos más temas de calado que el 1% y no se avanzaba prácticamente nada en ninguno de ellos. Seguimos pensando que son igual de necesarias que lo eran antes de la firma de ese insuficiente acuerdo. http://www.cgtrtve.org/acuerdo-mayoria-comite-de-huelga-cgt-no-firma

6. CGT quiere y querrá siempre que la subida salarial acorte la brecha existente entre los niveles más altos y los más bajos. No pedimos ningún tipo de "caridad", sólo pedimos justicia social.

7. Es falso que los recortes fueran proporcionales, teniendo en cuenta que se suprimió un 25% de la paga de productividad (algo que supone un porcentaje mayor de recorte a los niveles más bajos). Los niveles más bajos perderán también a medio y largo plazo mayor poder adquisitivo por el abaratamiento de la antigüedad.

8. CGT cuando habla de la defensa de los trabajadores lo hace en función de conseguir derechos para todos y no cargos para afiliados. Así pues, no estamos pensando en sostener y ampliar privilegios a la hora de plantear nuestras propuestas, no va en nuestro ADN.

VACACIONES

Otro año más se acercan las vacaciones de verano y tras los problemas que se produjeron el año pasado por la falta de personal en muchos departamentos, creemos que no está de más recordar que éstas se tienen que pedir por la Intranet al jefe de departamento antes del 1 de abril para que quede constancia por escrito. Después la dirección tiene hasta el 1 de mayo para admitir o denegar el periodo vacacional. En caso de que la dirección no conteste se considera "silencio administrativo" y se pueden dar por concedidas . Si son denegadas dentro del plazo legal, la dirección debería motivar las causas y dar al trabajador una fecha alternativa para intentar llegar a un acuerdo. En caso de no existir  dicho acuerdo se puede acudir a la vía judicial, que resolverá por vía rápida.

CGT: lucha, derechos, transparencia

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