CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Sección sindical de CGT-RTVE, local sindical de Prado del Rey, telf:91 581 75 78
PACTOS OPEN TENIS CONDE GODÓ Y MUTUA MADRID 2024
En esta ocasión, la cobertura informativa de ambos eventos se recoge en un solo pacto. Pincha en este enlace para descargar el pacto firmado y las memorias correspondientes al OPEN DE TENIS Conde Godó y Mutua Madrid .
En la condición séptima se recoge la percepción de una compensación a las personas trabajadoras de este pacto que participen en ambos eventos y no hayan descansado al ser su participación necesaria. Es decir, el pacto contempla el trabajo ininterrumpido durante 25 dias, sin los descansos obligatorios por el Estatuto de las Personas Trabajadoras.
CGT entendemos el sindicalismo como un instrumento en la defensa de los derechos de las Personas Trabajadoras. De ningún modo podemos hurtar a cualquier trabajador y trabajadora su legítimo derecho al descanso semanal por un pacto de obligado cumplimiento (artículo 55 Convenio Colectivo).
En si mismo, este hecho es lo suficientemente grave como para no firmar este acuerdo. Además añadimos otras motivaciones para no aprobarlo:
La obligación de entregar la relación de jornadas y horarios realizados por las personas que participan en la cobertura de los eventos, exclusivamente a los sindicatos firmantes, NO a todos los presentes en el Comité Intercentros (condición duodécima). ¿Cómo podemos ejercer nuestra labor de vigilancia recogida en el Estatuto de las Personas Trabajadoras para qué se respeten los derechos laborales?.
Desacuerdo con la obligatoriedad en acogerse a los pactos de trabajo tal y como se recoge en el artículo 55 de nuestro Convenio Colectivo. La Dirección argumenta la voluntariedad de todas las personas afectadas, pero sabemos que no siempre se cumple.
Queremos que previamente a cada evento se publique el propio pacto y sean así conocidas las condiciones de trabajo.
UNA VEZ MAS, LA MAYORIA SINDICAL NO DEFIENDE EL DERECHO A DESCANSO.
El sentido de que existan pactos de trabajo es saltarse el convenio colectivo, por eso se negocia con la parte social. Y por eso deben contar con su firma. Como casi siempre, lo aprueban UGT, SI y CCOO. ¿Cómo pueden obligar a condiciones ilegales a las personas trabajadoras que representan y dicen defender?.
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