CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Sección sindical de CGT-RTVE, local sindical de Prado del Rey, telf:91 581 75 78
ADIOS AL REQUISITO DEL AÑO DE EXPERIENCIA PARA LAS OPOSICIONES.
Si bien todavía no hemos obtenido el definitivo Visto Bueno de SEPI, Función Pública y Audiencia Nacional al acuerdo transaccional, parece ya claro que las bases de la convocatoria 1/2022 eliminarán el injusto requisito exigido de un año de experiencia profesional para inscribirse en algunas ocupaciones tipo.
Desde su planteamiento en diciembre de 2022 por el anterior Director de Recursos Humanos, CGT se opuso frontalmente a este modo de limitar el acceso a un empleo público. Lo dejamos claro en las reuniones de negociación de las bases de las convocatorias y a través de ésta solicitud formal .
Requerir un año de experiencia laboral en la misma ocupación tipo demostró ser un hándicap inútil. Ni lo planteaba el Convenio Colectivo ni era necesario para seleccionar a los mejores en cada categoría. Además perjudicaba mas a quienes solo tenían experiencia en RTVE, puesto que les restaba a la baremación de méritos en mayor proporción. Los sindicatos UGT y SI se dieron cuenta tarde de este despropósito e intentaron que este requisito exigido no se aplicara a los procesos de estabilización (P1 y P2). Elevaron su petición a la Comisión de Empleo, donde la parte social está en minoría. Por supuesto, no consiguieron nada mas que evidenciar su falsedad vendida a los interinos e indefinidos no fijos, a los que tanto vociferan defender.
A estos despropósitos había que añadir la falta de procedimientos para la selección de los periodos de la experiencia laboral destinada a contabilizar como requisito exigido en el momento de la inscripción. Otro obstáculo ya denunciado por CGT, como tantos en unas bases de la convocatoria que no apoyamos desde el primer momento.
LA JUSTICIA ANULA EL AÑO DE EXPERIENCIA.
La Federación de Espectáculos, Información, Papel y Artes Gráficas de la CGT presentamos un conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional denunciando este requisito exigido. La sentencia nos dio la razón:
Declaramos la nulidad del requisito de participación “tener la experiencia profesional mínima demostrable que, en su caso, exijan las bases específicas para el puesto al que se opta”, contenido en el apartado 3º de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022, condenando a CRTVE a estar y pasar por dicha declaración.
Ahora podrán inscribirse todas aquellas personas independientemente de su experiencia profesional previa. Una oportunidad para nuestros compañeros y compañeras con contratos de formación. Pero también para quienes no alcanzan exactamente este año en la misma ocupación tipo. Y para quienes han tenido contratos temporales como ayudantes de producción o ayudantes de realización, pero llevan tiempo ejerciendo las funciones superiores sin que hayan sido oficialmente reconocidas.
UGT, SI y USO apoyaron unas bases injustas.
CGT denunció y la Justicia nos dio la razón.
Ahora las condiciones no serán tan desfavorables. Se respetarán por fin los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.
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